Nueva normativa - El abogado laboralista aclara: ¿Puede mi jefe cuestionar mi parte de baja por teléfono?
A partir de ahora será posible solicitar la baja por enfermedad por teléfono. Así lo decidió el jueves la Comisión Mixta Federal para el Sistema Sanitario. Se recupera así una normativa que existió temporalmente durante el periodo de la Corona. Sin embargo, ahora la baja por teléfono sólo es posible durante un máximo de cinco días.
Los pacientes sólo pueden coger la baja por teléfono si ya son conocidos en su consulta y si ésta no ofrece videoconsultas. Además, las bajas por enfermedad sólo pueden darse por teléfono en caso de síntomas leves; en caso de síntomas graves, los pacientes deben seguir acudiendo al médico en persona.
La asociación de médicos de cabecera acoge con satisfacción la nueva normativa como un alivio para las consultas completas. Los empresarios, en cambio, no están nada entusiasmados. Barbara Geck, especialista en Derecho laboral del bufete de abogados Bird & Bird de Fráncfort, explica qué significa la nueva normativa en la vida laboral cotidiana.
Sra. Geck, el Comité Paritario Federal subraya que la baja por enfermedad por teléfono "no es una baja de segunda clase". Los empresarios parecen verlo de otro modo. La Confederación de Asociaciones Patronales Alemanas considera que la baja por enfermedad está "cualitativamente devaluada" y "perturba la paz laboral". ¿Está justificado el resentimiento?
Puedo entender las reservas de los empresarios. La baja por enfermedad tiene un valor probatorio muy alto en Derecho laboral. Si, como empresario, no sé si mi empleado ha ido al médico, puedo empezar a preguntarme más rápidamente si alguien está de baja. En cualquier caso, el umbral para el empleado es más bajo y aumenta el mal rollo con algunos empresarios.
¿Es diferente una baja por teléfono de una baja "normal" desde el punto de vista del Derecho laboral?
No, formalmente es lo mismo. Como ha dicho el Comité Federal La baja por enfermedad telefónica no es una baja de segunda clase. La enfermedad es la enfermedad.
¿Puede el jefe cuestionar una baja por enfermedad por teléfono?
Es de suponer que no averiguará en absoluto si el parte de enfermedad se ha emitido por teléfono. El parte de baja -telefónico o no- se envía electrónicamente a la caja de enfermedad. Y sólo informa al empresario de cuándo a cuándo el trabajador está de baja por enfermedad. Tampoco se comunica la naturaleza de la enfermedad.
En caso de duda, ¿podría el empresario exigir que vaya al médico en persona?
Tampoco. Como empleado, puedo utilizar el parte de enfermedad por teléfono en el marco de la normativa. Sólo para los certificados de seguimiento la normativa exige una visita al médico en persona.
Así que, en un caso extremo, ¿podría cogerme cinco días de baja por teléfono, luego trabajar un día y después coger otro parte de baja sin acudir nunca al médico?
Bueno, si se trata de la misma enfermedad, habría que pedir un certificado de seguimiento. Pero claro: si primero tengo corona y luego algo completamente distinto, puedo obtener un nuevo certificado inicial.
¿Puede el médico negarse a expedir un certificado de enfermedad por teléfono?
El médico tiene que estar convencido de que alguien está realmente enfermo. Si tiene la sensación de que no puede juzgarlo adecuadamente por teléfono, debe, en mi opinión, llamar al paciente. Si los síntomas son graves, tiene que decir de todos modos: venga para que podamos echarle un buen vistazo.
El hecho de que haga el parte de enfermedad desde casa no significa que no pueda salir a hacer la compra u otras cosas, ¿verdad?
Una baja por enfermedad no obliga necesariamente al paciente a guardar cama. Eso sigue siendo válido, sobre todo porque la baja por teléfono está pensada para casos leves. Durante la baja puedo hacer cualquier cosa que no perjudique mi recuperación.
¿A partir de qué día debo presentar una baja por enfermedad por teléfono?
Sigue siendo válido lo siguiente: normalmente, el parte de enfermedad debe presentarse antes del cuarto día natural. Sin embargo, puede haber normas de empresa diferentes. Y el empresario también puede ordenar a los trabajadores que obtengan un parte de enfermedad desde el primer día de trabajo. Me imagino que esto aumentará porque los empresarios dirán: "Si ni siquiera tienes que salir de casa para conseguir el certificado, preséntalo".
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Fuente: www.stern.de