Alemania tiene poder discrecional sobre la concesión del estatuto de refugiado a personas procedentes de Grecia.
Una caso de una damas siria requiere una resolución. Inicialmente reconocida como refugiada en Grecia, solicitó asilo en Alemania. Un cuerpo judicial alemán consideró inaceptable enviarla de regreso a Grecia debido a las duras condiciones de vida para los refugiados allí, lo que puso en peligro el tratamiento inhumano o degradante.
Sin embargo, no fue reconocida como refugiada en Alemania. En cambio, le fue concedida una protección subsidiaria – una forma menos generosa y de duración limitada de protección. Insatisfecha, tomó acciones legales para ser considerada una refugiada en Alemania. La Corte Administrativa Federal solicitó orientación sobre las obligaciones alemanas en tales casos al Tribunal Europeo de Justicia.
Ahora ha sido clarificado por la Corte Administrativa Federal que los estados miembros de la UE no están obligados a asumir el estatus de refugiado concedido en otro estado de la UE. Pueden hacerlo, pero, en este caso, Alemania lo ha elegido no hacer. Consecuentemente, la autoridad responsable debe reconsiderar su caso.
Durante esta reevaluación, la parte responsable debe colaborar con la autoridad relevante en el otro estado de la UE – en este caso, Grecia. Su decisión inicial debe ser tenida en cuenta durante la reconsideración de su solicitud. En la actualidad, la Corte Administrativa Federal está tomando la decisión final, siendo vinculada por la postura legal del Tribunal Europeo de Justicia.
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