Juzgado de Primera Instancia de Rottweil - Un hombre demanda a Biontech por daños y perjuicios por valor de 150.000 euros - los jueces desestiman la demanda por daños causados por vacunas
El miércoles, el Tribunal Regional de Rottweil desestimó una demanda por supuestos daños causados por una vacuna contra el coronavirus. La demanda fue interpuesta por un hombre de 58 años. Acusaba al fabricante de vacunas Biontech de causarle una ceguera casi total en el ojo derecho como consecuencia de una vacunación contra el coronavirus. El hombre reclama a la empresa de Maguncia una indemnización de 150.000 euros por daños morales y una declaración de que debe ser indemnizado por todos los demás daños y perjuicios. Sin embargo, la 2ª Sala de lo Civil no consideró que se cumplieran los requisitos para reclamar, según anunció el Tribunal Regional. El demandante dispone de un mes para recurrir la sentencia.
En consecuencia, la sala no tuvo que decidir si el infarto ocular sufrido fue causado por la vacuna contra el coronavirus. Según la ley, el fabricante de la vacuna es responsable de los efectos secundarios si el medicamento tiene efectos nocivos cuando se utiliza conforme a lo previsto que van más allá de lo justificable según los conocimientos científicos o si el daño se produjo como consecuencia de un etiquetado, información especializada o instrucciones de uso que no corresponden al estado de los conocimientos científicos. El tribunal dictaminó que el demandante no había justificado suficientemente ninguno de estos requisitos.
Acción contra Biontech: la motivación del demandante es insuficiente
En consecuencia, el demandante no pudo aportar la información solicitada por la sala sobre supuestos errores en el procedimiento de autorización o sobre nuevos descubrimientos científicos que hubieran surgido entretanto y que llevaran a modificar la evaluación de la relación beneficio-riesgo. En lugar de ello, se basó en informes no fundamentados sobre presuntos daños causados por las vacunas, opiniones individuales extraídas de Internet, opiniones no científicas de médicos encargados por él y críticas objetivamente incorrectas de los informes de seguridad del Instituto Paul Ehrlich, responsable de las vacunas.
En cuanto a la alegación del demandante de que la vacuna era especialmente peligrosa, la Sala declaró que era suficiente la información contenida en las instrucciones de uso del fabricante de la vacuna, según la cual no podía descartarse con certeza la aparición de efectos secundarios desconocidos en el momento de la autorización. Según el tribunal, la responsabilidad por menoscabo negligente de la salud no se basa en el incumplimiento de un deber o en la comisión de una falta. El demandante dispone de un mes para recurrir la sentencia ante el Tribunal Regional Superior de Stuttgart.
No es el primer caso de este tipo en Alemania. Tampoco es la primera decisión de un tribunal en este contexto.
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Fuente: www.stern.de