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Tribunal de Justicia: El seguro de enfermedad no está obligado a financiar la protección solar

Para algunas personas, la protección solar es médicamente necesaria, pero no pueden esperar financiación de las compañías de seguros sanitarios.

Tribunal: El seguro de enfermedad no está obligado a pagar la protección solar
Tribunal: El seguro de enfermedad no está obligado a pagar la protección solar
  1. La compañía de seguros de salud no reembolsará a las personas con alergia al sol por ropa protectora solar. La Corte Social Inferior de Niedersachsen-Bremen en Celle tomó esta decisión. Desde la perspectiva de los jueces, la ropa protectora solar es un bien de consumo diario y por lo tanto no debe financiarse a través de la seguridad social estatutaria, según razonó la corte. Los jueces se refieren a la jurisprudencia de la corte superior, la cual establece que los objetos útiles para todos los individuos y no específicamente desarrollados para los enfermos o discapacitados no deben pagarse por la seguridad social (Az.: L 16 KR 14/22).

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La demandante era una mujer que desarrolló una fuerte alergia al sol en el verano de 2018. Debido a su alergia leve, tuvo que ser hospitalizada. Los médicos le recomendaron llevar ropa protectora especial, un sombrero y crema solar con un factor de protección solar de al menos 50. Solicitó apoyo de su seguro de salud, pero la solicitud fue denegada. La razón: La crema solar no se considera un ayuda médica sino un artículo de uso diario.

Sin embargo, ella argumentó que su condición la obligaba a usar ropa protectora de protección UV. Sin embargo, la Corte Social Inferior confirmó la posición del seguro de salud. Aunque la ropa protectora de protección UV es necesaria para las personas con alergia al sol, también se utiliza por personas sanas y está ampliamente disponible en el mercado.

La sentencia no está aún vinculante. La revisión no fue concedida, pero, según un portavoz de la corte, se puede presentar una queja contra ella.

  1. Desafiante la decisión, la mujer apeló al Tribunal Social Regional de Baja Sajonia y Bremen, ubicado en Celle.
  2. Citando juicios anteriores, el Tribunal Social Regional mantuvo la decisión de la Corte Social Inferior, afirmando que la ropa protectora solar no se considera un gasto médico según la seguridad social debido a su amplia utilización entre el público en general.
  3. A pesar de su alergia al sol, que puede llevar a problemas de salud graves al ser expuesta a la luz solar, la solicitud de reembolso de ropa protectora solar de la mujer fue rechazada por el Tribunal Social Regional.
  4. En respuesta a la decisión del Tribunal Social Regional, las organizaciones de salud y los defensores de los pacientes en Bremen han expresado preocupaciones sobre los efectos en las personas con alergia al sol y otras enfermedades relacionadas que requieren atención médica especializada.
  5. Las investigaciones avanzadas en los campos de dermatología y las políticas de seguros de salud son necesarias para garantizar reembolsos justos e incontraibles para las personas con condiciones como alergia al sol, lo que mejora el acceso general a la atención médica y la justicia en Alemania.

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