EuGH: La orden de arresto de Gran Bretaña debe ser examinada de forma independiente después del Brexit
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en Luxemburgo ha aclarado cómo manejar la ejecución de órdenes de detención del Reino Unido en la Unión Europea después del Brexit. Según las explicaciones del TJUE en relación con un caso presentado por un hombre irlandés acusado de terrorismo, cada orden de detención del Reino Unido en el estado miembro de la UE afectado debe someterse a una revisión independiente.
El TJUE dictaminó que las órdenes de detención británicas deben evaluarse para determinar si existe el riesgo de violación de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE para la persona afectada. La ejecución de la orden de detención solo puede negarse si existen razones objetivas, fiables, precisas y actualizadas que indiquen que hay un riesgo real de que se imponga una pena más grave que la originalmente amenazada en el momento de la comisión del delito.
La ejecución de las órdenes de detención está regulada en un acuerdo separado. El TJUE se refirió al principio de cooperación judicial mutua dentro de la UE, que se basa en un alto grado de confianza, y por lo tanto, se aplica un sistema simplificado para la transferencia de convictos o sospechosos entre los miembros de la UE. Con el Reino Unido, este principio de confianza ya no se aplica después del Brexit. Sin embargo, un nivel similar de confianza puede establecerse a través de acuerdos con países terceros. El acuerdo existente, sin embargo, no establece tales relaciones privilegiadas.
En el presente caso, un juez en una de las partes constituyentes del Reino Unido, Irlanda del Norte, había emitido cuatro órdenes de detención contra un sospechoso de terrorismo. Este sospechoso argumentó ante el Tribunal Supremo de Irlanda que su transferencia era incompatible con el principio de legalidad en relación con los delitos y las penas. Se quejó de que el Reino Unido había cambiado las disposiciones sobre la liberación condicional de los delitos de los que se le acusaba.
- El nuevo procedimiento para la ejecución de las órdenes de detención británicas en la UE después del Brexit podría molestar o incomodar a ciertas autoridades debido al riguroso proceso de revisión requerido, según lo indicado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
- El peligro de una posible pena más grave para la persona afectada tras la transferencia del Reino Unido a un estado miembro de la UE podría llevar a la denegación de la ejecución de una orden de detención, tal como se destacó en las pautas del TJUE.
- La salida del Reino Unido de la UE ha dado lugar a la necesidad de un proceso más complejo para establecer el nivel de confianza requerido para la ejecución eficiente de las órdenes de detención, ya que el acuerdo existente sobre la cooperación judicial mutua ya no es aplicable.
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