¿Cuándo pueden los empresarios publicar fotos de sus empleados?
En plataformas de redes sociales, páginas web de empresas y folletos: A las empresas les gusta compartir fotos de sus empleados. ¿Qué pasa si los empleados no quieren?
Salidas de empresa, apariciones en ferias o simplemente una visión del ajetreo de la vida laboral en la oficina o el taller: Siempre hay ocasiones para hacer fotos en las empresas. También hay motivos para compartirlas, por ejemplo, para transmitir impresiones positivas a posibles candidatos o clientes. Pero los empleados no siempre quieren que se les vea en Internet. Así que surge la pregunta: ¿pueden los empresarios publicar fotos de los empleados en plataformas de medios sociales sin su consentimiento?
La respuesta es clara: no. En cuanto se reconoce a los empleados en las fotos, el empresario debe obtener el consentimiento de los retratados para publicarlas. Y esto debe hacerse por escrito o en formato electrónico, es decir, por correo electrónico, explica Peter Meyer, abogado especialista en Derecho laboral. "Verbalmente no suele ser suficiente".
Esto también se aplica si el empresario desea publicar las fotos de los empleados en la página web de la empresa, por ejemplo con sus datos de contacto. Si no quieren aparecer aquí con una foto, los empleados podrían negarse a dar su consentimiento.
Fin del trabajo: retirar la foto del empleado de la web
Existen excepciones en función del puesto del empleado. Por ejemplo, si trabajan en relaciones públicas o medios sociales. "En ese caso, su trabajo consiste en estar visible en las redes sociales", dice Meyer. Pero todos los empleados que en realidad no tienen contacto directo con el cliente y para quienes no es importante para las actividades laborales, el producto o el servicio que estén visibles con una foto, podrían decir: "No quiero eso".
E incluso si en un principio has aceptado que se utilice tu foto, puedes retirar tu consentimiento en cualquier momento, dice Meyer. Si dejas la empresa, también tienes derecho a que retiren tu foto de empleado del sitio web de la empresa.
Sin embargo, cuando se trata de que los folletos impresos de la empresa en los que apareces fotografiado dejen de utilizarse, es una cuestión de proporcionalidad, según Meyer. Y es que aquí también interviene el deber de lealtad al empresario, según el artículo 241 del Código Civil alemán. "Y el interés del empleado en que se elimine su foto puede pasar a un segundo plano frente al interés del empresario, que de otro modo tendría que gastar mucho dinero para acabar con este folleto".
Peter Meyer es abogado especialista en Derecho laboral y miembro del comité ejecutivo del Grupo de Trabajo de Derecho Laboral del Colegio de Abogados alemán (DAV).
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Fuente: www.ntv.de